ACOGIDA Y ADAPTACIÓN:
REGISTRO DE HIGIENE PERSONAL:
Según el articulo 18.10 del Decreto 284/1996, modificado por el Decreto 176/2000,
los centros residenciales han de disponer de un registro actualizado de las
actividades dirigidas al mantenimiento de la higiene personal de los residentes.
Contenido mínimo:
1.
Identificación del usuario.
2.
Concretar las actividades (higiene diaria, ducha, pedicura,
depilación, hidratación,...)
3.
Calendario de estas actividades.
4.
Identificación de quien efectua las actividades dirigidas al
mantenimiento de la higiene personal del residente.
Según el articulo 18.10 del Decreto 284/96 modificado por el Decreto 176/2000 los
centros residenciales han de efectuar un registro de la medicación que ha de
tomar el usuario, dejando constáncia de la persona que la administra.
Contenido mínimo:
1.
Identificación del usuario.
2.
Medicación que se suministra (dosi, via...)
3.
Calendario (dias del 1 al 31) y horario.
4.
Identificación de quien prepara la medicación.
5.
Identificación de quién da la medicación indicando la fecha y hora.
6.
Incidencias (causas por las que no se ha dado la medicación).
Estos conceptos que figuran en el registro de medicación son los recomendados
por la inspección, si bien los mínimos para cumplir la normativa son los señalados
en negrita.
La identificación de quién administra la medicación ha de ser con el nombre y
apellido y/o firma. No se considerará correcta la identificación solo con el turno de
trabajo.
Se recomienda que la firma de la administración del fármaco no se realice en el
momento de la preparación, si no con posterioridad a la administración de la misma.
REGISTRO DE INCONTINENCIAS:
Según el articulo 18.10 del decreto 284/96, modificado por el Decreto 176/2000,
los centros residenciales han de disponer de un registro de residentes con
incontinencia de esfínteres y la medida tomada o dispositivo idóneo para su
correcta atención.
Contenido mínimo:
1.
Identificación del usuario.
2.
Calendario y horario.
3.
Identificación de quién realiza el cambio del pañal, de la sonda
vesical, del colector, etc., o de quién hace la educación vesical.